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Ley y normatividad

NOM-247-SE-2021: la norma que transformó la comercialización de vivienda en México

Qué regula, a quién aplica y qué beneficios ofrece al consumidor la Norma Oficial Mexicana vigente desde 2022.

Roger Roche M. · DD MMM AAAA
NOM-247-SE-2021: la norma que transformó la comercialización de vivienda en México

La NOM-247-SE-2021 es una Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría de Economía que establece las prácticas comerciales que deben cumplir quienes comercializan inmuebles destinados a casa habitación en México. Entró en vigor el 19 de septiembre de 2022 con el propósito de brindar mayor protección a los consumidores y promover operaciones inmobiliarias más transparentes y seguras.

¿Por qué se creó?

Antes de su entrada en vigor, la información proporcionada a los compradores variaba considerablemente entre desarrolladores y comercializadores, lo que podía generar confusión o incertidumbre durante el proceso de compra. La NOM-247 busca establecer criterios uniformes para que los consumidores reciban información clara, suficiente y verificable antes de adquirir una vivienda. Sus principales objetivos son:

  • Proteger los derechos del consumidor.
  • Transparentar la comercialización de vivienda.
  • Establecer estándares mínimos de información.
  • Fortalecer la confianza en el mercado inmobiliario.

¿A quién aplica?

La Norma aplica a proveedores que comercializan bienes inmuebles destinados a casa habitación, entre ellos:

  • Desarrolladores inmobiliarios.
  • Constructores.
  • Promotores de vivienda.
  • Empresas comercializadoras.
  • Personas físicas o morales que participan como proveedores en la venta de vivienda nueva.

Es importante señalar que no regula todas las operaciones inmobiliarias, como la compraventa de inmuebles usados entre particulares, salvo que intervenga un proveedor en los términos establecidos por la propia Norma.

Obligaciones para desarrolladores e inmobiliarias

La NOM-247 establece diversas obligaciones para los proveedores que participan en la comercialización de vivienda, entre ellas:

  • Proporcionar información clara y verificable sobre el inmueble.
  • Informar las características, precio, condiciones de venta y forma de pago.
  • Contar con procedimientos de atención para los consumidores.
  • Cumplir con las garantías y obligaciones previstas en la legislación aplicable.

El objetivo es que el comprador pueda tomar una decisión informada antes de realizar una inversión patrimonial.

Contratos de adhesión

La Norma establece que, cuando corresponda, los contratos utilizados para la comercialización de vivienda deben cumplir con los requisitos establecidos por la legislación de protección al consumidor y, en muchos casos, estar registrados ante la PROFECO. Esto brinda mayor claridad sobre los derechos y obligaciones de ambas partes durante la operación.

Publicidad inmobiliaria

La publicidad también está regulada por la NOM-247. Toda promoción comercial debe ser veraz, comprobable y no inducir a error respecto de las características, precio, disponibilidad o condiciones de venta del inmueble. La información difundida en anuncios, folletos, páginas web o redes sociales debe ser consistente con la que posteriormente se proporciona al comprador.

Beneficios para el consumidor

La implementación de la NOM-247 ha contribuido a fortalecer la confianza en el mercado inmobiliario mediante:

  • Mayor transparencia en la información.
  • Mejor protección de los derechos del comprador.
  • Mayor claridad durante el proceso de adquisición.
  • Estándares más altos para la comercialización de vivienda.
  • Mayor certeza jurídica en las operaciones.

Para quienes desean adquirir una vivienda, representa una herramienta que favorece decisiones mejor informadas y reduce riesgos derivados de información incompleta o poco clara.

Referencias

  • Diario Oficial de la Federación. NOM-247-SE-2021.
  • Secretaría de Economía.
  • Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
Roger Roche M. — Director Fundador, Roche Realtors Yucatán y Termómetro Inmobiliario.

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